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COMO
TRAMITO EL JUEZ PEDRO HOOFT EL HABEAS CORPUS DEL ABOGADO CARLOS CANDELORO EN
1977
Un rechazo antes de saber la respuesta
Aunque no había recibido el oficio del Ejército, el magistrado cuestionado
denegó el trámite. Luego le contestaron que el hombre había sido “abatido” pero
no indagó sobre el destino de su mujer, que seguía secuestrada. Y archivó el
expediente.
Por Alejandra Dandan
La Cámara Federal de Mar del Plata convocó esta semana a una nueva audiencia
para decidir dos nulidades que volvió a plantear la defensa del suspendido juez
Pedro Federico Hooft, acusado de haber rechazado hábeas corpus y con eso
garantizar la impunidad de las fuerzas represivas en 17 casos de víctimas de
homicidios, desapariciones, torturas y secuestros, la mayoría de las cuales eran
abogados secuestrados durante la llamada Noche de las Corbatas en Mar del Plata.
Para evitar las indagatorias, Hooft viene planteando desde hace años este tipo
de medidas y recusó a todos los operadores judiciales que tuvieron la causa en
sus manos, pero desde que se inició el juicio político que podría dejarlo sin
fueros avanza con una campaña mediática a través de la cual sostiene que es
víctima de una “venganza”. Pero los expedientes muestran otra cosa.
En las últimas semanas se presentó en la Comisión de Justicia de la Cámara de
Diputados acompañado por el fiscal Julio Strassera, que aparece como su garante.
Strassera dijo ante los diputados de la oposición que durante el Juicio a las
Juntas tuvo a la vista todos los hábeas corpus del país y los de Hooft eran
“impecables”. Al interior de la causa, sin embargo, existe la siguiente
documentación que a los ojos de los investigadores no tiene nada de impecable.
Se trata de un hábeas corpus que se tramitó en el juzgado de Hooft por el
secuestro del abogado Carlos Candeloro. Hooft pidió información en la policía y
el Ejército, pero archivó el hábeas corpus antes de tener una respuesta que
estaba pendiente del Ejército. El dato más significativo, sin embargo, es que
cuando días más tarde el Ejército envió la respuesta señalando que Candeloro
había sido acribillado, el juez no reabrió el hábeas corpus, como debería
haberlo hecho. Archivó el oficio del Ejército en el mismo lugar ya cerrado. No
requirió ninguna información, autopsias y ni siquiera datos acerca de dónde o
quién tenía su cuerpo. Vale aclarar que Candeloro permanece desaparecido. Y que
mientras sucedía todo aquello, su esposa, Marta García, seguía secuestrada.
Los datos
Carlos Candeloro fue secuestrado el 13 de junio de 1977 y ese mismo día
secuestraron a su esposa, Marta García, en Neuquén. Después de una semana, ambos
fueron trasladados a Bahía Blanca, estuvieron 24 horas aparentemente en el
centro clandestino La Escuelita y luego los llevaron a La Cueva, en Mar del
Plata. De acuerdo con los testimonios y los datos a esta altura consolidados,
Candeloro murió el 28 de junio de 1977 en ese lugar como consecuencia de las
torturas.
El hábeas corpus se inició el 11 de julio de 1977, cuando ya había sido
asesinado, pero quienes iniciaron el trámite no lo sabían. En ese momento, Hooft
pidió informes a la policía y al Ejército. A la policía le dio un plazo de ocho
horas y al jefe de la Subzona 15 del Ejército, el coronel Alberto Pedro Barda,
le pidió respuesta en “breve término”. La policía contestó en el día. El
Ejército, en cambio, respondió tres días más tarde, el 14 de julio, y sólo para
señalar que remitirían el pedido al Primer Cuerpo del Ejército.
- El 29 de julio, Hooft rechazó el hábeas corpus “sin perjuicio de lo que
pudiera resultar” del informe del Ejército que aún estaba pendiente. Según
señalan los investigadores, no hay constancias de que el denunciante haya sido
notificado del rechazo del recurso.
- El 3 de octubre el juzgado recibe la contestación pendiente del Ejército.
Barda señala en el oficio que Candeloro fue “abatido” el 28 de junio. La fecha
coincidiría con el momento de su muerte real en el centro clandestino, aunque
los datos difieren dado que el Ejército ofrece la clásica explicación de
“persona abatida por un intento de fuga”.
- El 11 de octubre de 1977 el juez responde ese trámite con un “téngase
presente, agréguese y archívese”. Y lo archiva.
Marta García siguió hasta septiembre de 1977 en La Cueva, luego la llevaron a la
comisaría 4ª de Mar del Plata y la liberaron el 8 de diciembre de ese año.
Cuando Hooft recibió el parte con el comunicado del Ejército, Marta todavía
estaba secuestrada. Si, a partir de la respuesta del Ejército, el juez hubiera
indagado, podría haber contribuido a mejorar su situación. Ella recién supo en
1980 que existía esa respuesta del Ejército y casi de casualidad, cuando su
abogado inició un trámite por una pensión.
Ahora bien, el trámite tiene otros datos menos visibles que los fiscales
observan como constante en otros expedientes y a partir de los cuales construyen
cierta lógica en la sistematicidad. Como la idea de que Hooft estaba más cerca
del Ejército que de la policía. “No tiene demasiada lógica que haya puesto un
plazo específico a la policía y no le haya puesto un plazo al Ejército. Además,
Hooft intercede por una de las personas que estaban secuestradas (Camilo Ricci)
y logra liberarla, con más razón todavía a través de estas pequeñas cosas puede
establecerse su relación con el Ejército. Esto es una visión en conjunto que
surge del análisis de todos los trámites. Son todos indicios, porque no hay un
documento escrito en el que exista un pacto”, dice el fiscal Horacio Azzolin.
Además de la causa conocida como La Noche de las Corbatas, Hooft tiene otra
imputación por un hábeas corpus en otra causa. El Tribunal Oral Federal que
intervino en el juicio por la causa de la Base Naval de Mar del Plata, en su
sentencia, mandó abrir una investigación por su actuación en el hábeas corpus de
Pablo Mancini, secuestrado en la Base Naval. En ese caso se inició un hábeas
corpus. Hooft pidió informes a la policía y luego al Ejército. El Ejército
reconoció que había detenido a Mancini “durante el desarrollo de operaciones
militares y de seguridad contra la subversión” y que estaba a disposición de la
Subzona 15. Con ese informe, Hooft consideró “justificada” la privación de
libertad y rechazó el hábeas. Cuando evaluaron el caso, los jueces hicieron
algunos señalamientos importantes sobre los límites, pero también sobre el rol
que debían haber cumplido los magistrados en ese momento. Hablaron de
“complacencia hacia el régimen imperante” y afirmaron que “sin perder de vista
las circunstancias históricas en que se produjeron los hechos y las nefastas
consecuencias que podía acarrearles a quienes indagaran profundamente sobre la
situación de las supuestas víctimas, lo cierto es que el ejercicio de la
magistratura imponía, a nuestro entender, una actuación más diligente que la que
se releva del examen del recurso en cuestión”.
La respuesta del coronel Alberto Pedro Barda a Hooft en 1977.
18/09/13 Página|12
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